DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12811
16 de diciembre, 2011
DCA-3324
Señor
Juan Amador Arley
Coordinador de Hacienda Municipal
Municipalidad de Upala
Estimado señor:
Asunto: Se deniega la solicitud de “trámite de compra de terreno para instalaciones de la
Asociación de Desarrollo Integral de Zapote de Bijagua de Upala”.-
Nos referimos a su oficio s/n, ingresado a este órgano contralor con el número 21826, mediante el
cual solicita autorización para comprar de forma directa un terreno, para las instalaciones de la
Asociación de Desarrollo integral de Zapote de Bijagua de Upala, gestión que respalda en los
artículos 71 de la Ley de Contratación Administrativa y 157 de su Reglamento.
Valorada la información que acompaña su solicitud, conviene señalar:
Al respecto se tiene que en su nota se indica que la Municipalidad tiene la intención de comprar ese
terreno dadas sus características, las cuales detalla así: “559 metros cuadrados, ubicado en el centro
de la comunidad de Zapote, de fácil acceso, cuenta al frente con servicios públicos de electricidad,
teléfono, camino y agua, está ubicado entre la plaza de futbol y el puesto de salud y cercano a la
escuela, además del precio de compra es accesible de acuerdo al avalúo y los precios de mercado
que se dan en la comunidad, cuenta con el respectivo plano y muy importante es que la Asociación
no cuenta con un terreno para construir ninguna edificación (…)”.
De lo anterior no es posible desprender que el terreno a comprar sea el más apto, al tenor de lo que
señala el artículo 131 inciso j), pues no se conoce la forma en que esa Administración identifica ese
terreno como tal, en otras palabras no se acredita que se haya realizado un estudio en la zona de
interés (cuya determinación queda bajo la responsabilidad de esa Administración) y que se concluya
que ese terreno es el mas apto par ...
Fecha publicación: 21/12/2011
Fecha emisión: 16/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE UPALA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11180
11 de noviembre, 2011
DCA-2977
Doctora
Yamileth Obando Salazar
Directora General
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL
Fax: 2562-8503
Estimada señora:
Asunto: Se modifica la autorización dada al Hospital San Vicente de Paúl en el oficio 10469-
2011.
Nos referimos a su oficio H.S.V.P.-D.A.-01537-11 de 1 de noviembre del presente año en,
recibido en esta Contraloría General el 8 de ese mismo mes y año, mediante el cual solicita
adicionar y aclarar la autorización referida en el asunto.
Se nos solicita que aclaremos que la autorización para contratar directamente los servicios de
seguridad y vigilancia del Hospital lo es con la empresa VMG, en virtud de que ya habían realizado
un proceso de preselección de ofertas, configurándose al efecto el respectivo expediente
administrativo que fue remitido a este Órgano Contralor; y que el monto mensual de la contratación
es de ¢31.468.969.68, en lugar de ¢27.067.414.33 suma consignada por error en la certificación de
contenido presupuestario emitida por el licenciado Johnderth Cruz Sandí, Asistente Administrativo
Financiero, en vista de que tal suma correspondía únicamente al precio de la mano de obra (86%),
dejando por fuera los montos de los insumos (3%): ¢1.100.205.36, los gastos administrativos (1%):
¢453.300 y la utilidad (9%): ¢2.484.000.
Al efecto se adjunta una nueva certificación de contenido presupuestario emitida por su
persona, en donde se hace constar que el monto mensual para esta contratación es de
¢31.468.969.68, y que en la partida 2192, servicio de vigilancia, se cuentan con ¢283.220.226.99.
Sobre ese tópico, le manifestamos que en su oficio HSVP-DG-2708-2011 del 10 de octubre
pasado, de conformidad con la disposición del artículo 30 de la Ley de Contratación Administrativa,
se nos solicitaba autorización par ...
Fecha publicación: 16/11/2011
Fecha emisión: 11/11/2011
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES VARIAS EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 10469
26 de octubre de 2011
DCA-2797
Doctora
Yamileth Obando Salazar
Directora General
Hospital San Vicente de Paúl
Fax: 2562-8501
Estimada señora:
Asunto: Se autoriza iniciar y promover una contratación directa concursada para la prestación
de los servicios de seguridad y vigilancia para el Hospital San Vicente de Paúl, por
un plazo de 9 meses, y por un monto total de ¢243.606.730.77.
Nos referimos a sus oficios HSVP-DG-2708-2011, y HSVP-DG-2788-2011 del 10 y 18 de
octubre del presente año, mediante los cuales solicita la autorización referida en el asunto.
1) Antecedentes y justificaciones.
a) En febrero de 2010 se inició la tramitación de la Licitación Pública 2010LN-000001-
2208, para la contratación de servicios de seguridad y vigilancia para el Hospital, la cual se adjudicó
a VMA Seguridad S.A.
b) El acto de adjudicación fue apelado por el Consorcio conformado por Servicios de
Monitoreo Alfa S.A. y Seguridad Alfa S.A., el cual fue rechazado por improcedencia manifiesta por
la resolución R-DJ-414-2010 de las 14 horas del 20 de agosto de 2010.
c) El 25 de octubre de 2010, la Gerencia Médica convalida el acto de adjudicación, acto
apelado por el referido Consorcio, mediante R-DCA-063-2011 de las 14 horas del 2 de febrero de
2011, se rechaza de plano por falta de legitimación el recurso de apelación y se anula de oficio el
acto de adjudicación.
d) En mayo de 2011 se determina que el precio del referido Consorcio es excesivo, por lo
que se solicita la declaratoria de infructuoso de la Licitación Pública. El Consorcio presenta un
descuento del precio, aun así se sigue considerando excesivo. Se ratifica la recomendación de
declaratoria de infructuoso y se remite el expediente administrativo a la Gerencia Médica para que
resuelva lo pertinente, resolución que a la fecha se encuentra pen ...
Fecha publicación: 31/10/2011
Fecha emisión: 26/10/2011
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 07679
19 de agosto, 2011
DFOE-DL-0676
Licenciado
Alejandro Ubau Hernández
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE UPALA
Estimado señor:
Asunto: Atención de solicitud de reconsideración de la improbación indicada
en el punto 1 del oficio Nro. 04618, correspondiente al presupuesto
extraordinario Nro. 1-2011 de la Municipalidad de Upala.
Se da atención al oficio de fecha 4 de agosto del 2011 remitido mediante correo
electrónico, suscrito por la señora Johanna Cerdas Escamilla, Encargada de Recursos
Humanos de esa Municipalidad, en el cual solicita la reconsideración de la improbación
realizada en el punto 1 del oficio Nro. 04618, correspondiente al presupuesto extraordinario
Nro.1-2011 y referente al contenido económico incluido en la partida de Remuneraciones
para el pago de prohibición.
Al respecto se le indica que, según se dispone en el artículo 34 de la Ley Orgánica de
la Contraloría General de la República, Nro. 7428, los actos relacionados con la materia
presupuestaria quedarán firmes desde que se dicten, no siendo recurribles
administrativamente.
No obstante, por la vía oficiosa ante elementos contundentes y relevantes que aporten
las administraciones o que reúna esta Contraloría General, se podrá reconsiderar la decisión
dictada. Por lo tanto, dado que se ha señalado en la citada nota que el indicado contenido
presupuestario se fundamenta en el artículo 118 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, se deja sin efecto la improbación antes mencionada, en el entendido de que esa
Administración es la responsable de la determinación de la procedencia del reconocimiento y
pago de incentivos salariales.
Al respecto, es conveniente q ...
Fecha publicación: 26/08/2011
Fecha emisión: 19/08/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE UPALA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES DE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 06186
8 de julio, 2011
DFOE-DL-0546
Licenciado
Alejandro Ubau Hernández
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE UPALA
Estimado señor:
Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario Nro. 2-2011 de la
Municipalidad de Upala.
Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se remite el
presupuesto extraordinario Nro. 2-2011 de esa Municipalidad por la suma de
¢273.261.452,54.
Sobre el particular se indica lo siguiente:
1. Se aprueba:
b) La incorporación de los recursos de vigencias anteriores por
concepto de superávit específico de “Partidas Específicas” y “Fondo Ley de
Simplificación y Eficiencia Tributaria, Ley Nro. 8114”, por ¢174.220.290,00 y
¢15.007.500.00, respectivamente, así como su correspondiente aplicación. Lo
anterior con base en el resultado de la liquidación de compromisos al 30 de junio del
2011 y la liquidación ajustada del período 2010, aprobada por el Concejo Municipal
y remitida por esa Municipalidad mediante oficio OSCM-013-07-11 de fecha 06 de
julio del presente año.
c) Las transferencias del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal y
de la Comisión Europea-Oficina de Cooperación EuropeAid, por las sumas de
¢26.447.934,94 y ¢57.585.727,60, respectivamente, y su aplicación, considerando la
información suministrada sobre los convenios suscritos por esa Corporación
Municipal.
Sobre el particular, es responsabilidad de esa Administración velar por el
debido cumplimiento de las cláusulas contenidas en esos convenios, asimismo, por
el debido establecimiento y verificación de los mecanismos de control que
garanticen el manejo de los recursos involucrados en el proyecto. No se omite
señalar que esas r ...
Fecha publicación: 11/07/2011
Fecha emisión: 08/07/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE UPALA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 05599
23 de junio de 2011
DCA-1620
Señor
Dr. Jorge A. Fonseca Renauld
Directo General Interino
Hospital San Vicente de Paul-Heredia
Estimado señor:
Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito por la CCSS Hospital San Vicente de Paul-
Heredia, con la empresa VMA Servicios Integrales de Limpieza S.A. (antes llamada FACER
de San José S.A.) derivados de la Licitación Pública 2010LN-000002-2208 “prestación de
servicios de limpieza para el Hospital San Vicente de Paul” por un monto de
¢862.155.428,21 (ochocientos sesenta y dos millones ciento cincuenta y cinco mil
cuatrocientos veintiocho colones con veintiún céntimos).
Nos referimos a su oficio H.S.V.P.-DG-1432-2011, de fecha 16 de mayo del año 2011,
mediante el cual solicita el refrendo referido en el asunto.
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo respectivo al contrato
anteriormente citado, ello con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, el artículo
20 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley N° 7428 del 7 de setiembre
de 1994, el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública,
resolución N° R-CO-10 de las 9:00 horas del 27 de enero de 2009, publicado en La Gaceta N° 23
del 03 de febrero de 2009, y la resolución N° R-DC-27 de las 11:00 horas del 9 de febrero de 2010,
publicado en La Gaceta N° 33 del 17 de febrero de 2010. Lo anterior bajo los siguientes
comentarios y condiciones, a las cuales queda sujeto el refrendo conferido.
I.- Consideraciones de la gestión:
Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los
aspectos siguientes:
i) En respuesta a la solicitud de información adicional requerida por este despacho, se remitió
en tiempo el oficio H.S.V.P.-DG-1819-2011 del 17 de junio de 2 ...
Fecha publicación: 28/06/2011
Fecha emisión: 23/06/2011
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
R-DCA-298-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las catorce horas del diecisiete de junio del dos mil once. -------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por Quality -1 Export Inc en contra del acto de adjudicación de la
Licitación Pública Nº 2010LN-000007-2208, promovida por el Hospital San Vicente de Paúl de
Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social, para la adquisición de implantes varios para realizar
operaciones ortopédicas, recaído a favor de la empresa Ortopédica Biomet Costa Rica S.A. ------------------
RESULTANDO
I. Que la empresa Quality -1 Export Inc. presentó recurso de apelación en contra de la línea N° 3 del acto
de adjudicación de la Licitación Pública Nº 2010LN-000007-2208, promovida por el Hospital San Vicente
de Paúl de Heredia, cuyo objeto es la adquisición de implantes varios para realizar operaciones
ortopédicas, recaído a favor de la empresa Ortopédica Biomet de Costa Rica, alegando su legitimación
conforme al cumplimiento de un requerimiento cartelarios, en particular sobre la presentación de
publicaciones de reconocimiento internacional con trabajos realizados con los implantes y la obtención del
100% de metodología de evaluación (precio). ------------------------------------------------------------------------
II. Que mediante auto del 28 de febrero de 2011, esta División solicitó al Hospital San Vicente de Paúl, el
expediente de la mencionada licitación. -------------------------------------------------------------------------------
III. Que mediante oficio HSVP-DG-0615-2011 del 01 de marzo del 2011, la Administración licitante
remitió el expediente solicitado. -----------------------------------------------------------------------------------------
IV. Que mediante auto del 17 de marzo del 2010 - entiéndase 2011- se confirió audiencia inicial a la
Administración y a la parte adjudicataria para que en ...
Fecha publicación: 22/06/2011
Fecha emisión: 17/06/2011
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Principios de la contratación administrativa
DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 04883
01 de junio de 2011
DCA-1421
Doctor
Jorge A. Fonseca Renauld
Director General
Hospital San Vicente de Paul
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve con refrendo el contrato No. 000005-2011 para el suministro de productos
lácteos bajo la modalidad de entrega según demanda, suscrito entre el Hospital San Vicente de
Paul y la Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., producto de la licitación pública
No. 2010LN-000011-2208.
Nos referimos a su oficio No. HSVP-DG-1308-2011por medio del cual solicita el refrendo para el
contrato No. 000005-2011, suscrito entre el Hospital San Vicente de Paul y la Cooperativa de Productores
de Leche Dos Pinos R.L, producto de la licitación pública No. 2010LN-000011-2208.
Mediante oficio DCA-1330 del pasado 23 de mayo se solicitó información complementaria,
requerimiento que fue atendido mediante oficio No. HSVP-DG-1534-2011.
Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de mérito
debidamente refrendado por este Despacho, sujeto a los siguientes condicionamientos::
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública, se advierte que “…corresponde a la Administración y al
contratista garantizar, según sea el caso, el cumplimiento de los permisos, licencias, estudios y en
general cualesquiera otros requisitos previstos en el ordenamiento jurídico para la ejecución del
objeto contractual, sin que tales aspectos sean verificados durante el trámite de refrendo…”. De igual
forma es responsabilidad de la entidad contratante establecer los mecanismos de control necesarios
para verificar la correcta ejecución del contrato y el correcto uso de los recursos públicos, de modo
que únicamente se cancelen los productos debidamen ...
Fecha publicación: 06/06/2011
Fecha emisión: 01/06/2011
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 04618
25 de mayo, 2011
DFOE-DL-0393
Licenciado
Alejandro Ubau Hernández
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE UPALA
Estimado señor:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto extraordinario Nro. 1-2011
de la Municipalidad de Upala.
Con la aprobación parcial de la Contraloría General de la República se remite
el presupuesto extraordinario Nro. 1-2011 de esa Municipalidad, por un monto de
¢816.626.851,66.
Al respecto se indica lo siguiente:
1. Se imprueba el contenido presupuestario para el pago de “prohibición” al
perito valuador, por cuanto no remiten el fundamento legal ni las justificaciones
correspondientes. Las sumas resultantes de la improbación deberán quedar como
remanentes en las respectivas subpartidas.
No omitimos indicar que llama la atención que dicha plaza esté ubicada
dentro del programa II, por lo que deben revisar la situación y efectuar las
correcciones que correspondan.
2. Los recursos provenientes de las transferencias del Instituto Mixto de
Ayuda Social y del Fondo de Desarrollo Municipal deben reclasificarse, para el
primer caso en Transferencias de capital de instituciones descentralizadas no
empresariales y, para el segundo, en Transferencias de capital de gobiernos
locales, con base en el Clasificador Institucional del Sector Público vigente. Además,
queda a responsabilidad de esa Municipalidad ajustar su ejecución a los fines para
los cuales fueron otorgados dichos recursos.
Por su parte, en la sección de egresos deberán corroborar que las
transferencias estén clasificadas correctamente de acuerdo con el Clasificador por
objeto del gasto del sector público y el Clasificador Institucional antes cita ...
Fecha publicación: 03/06/2011
Fecha emisión: 25/05/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE UPALA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03799
29 de abril de 2011
DCA-1112
Doctor
Jhonny Alfaro Morales
Director
Hospital San Vicente de Paul –Heredia
Caja Costarricense del Seguro Social
Estimado señor:
Asunto: Se concede refrendo condicionado a los contratos números 000016-2010, 000017-2010 y
000018-2010, y a las adendas 1 y 2 de cada contrato, suscritas los días 02 de marzo y 08 de abril,
ambas fechas del año en curso, entre la Caja Costarricense del Seguro Social y las empresas
Industrias Buenos Aires S. A., Procesadora de Carnes Milor S. A. y Corporación Pipasa S. A.
respectivamente, producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000005-2208, para la adquisición
del suministro de pollo, carnes y embutidos, bajo la modalidad de entrega según demanda.
Nos referimos a su oficio No. H.S.V.P.-DG-063-2011 del 07, mediante el cual solicita refrendo a los
contratos producto de la Licitación Pública N° 2010LN-0000018-2208, suscritos entre la Caja
Costarricense del Seguro Social y las empresas antes citadas.
La gestión presentada fue complementada a solicitud de este Despacho mediante oficios No.
H.S.V.P.-DG-549-2011, H.S.V.P.-DG-651-2011, H.S.V.P.-DG-1052-2011.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del “Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública” y realizado el análisis de rigor, devolvemos los contratos y
adendas de referencia, debidamente refrendados y condicionado a los siguientes aspectos:
1. El refrendo se otorga bajo el entendido que todas las cláusulas de los contratos suscritos
originalmente, se mantienen incólumes a excepción de las cláusulas que por las adendas se
modifican.
2. Es responsabilidad de esa Administración contar con el contenido presupuestario suficiente y
disponible para atender las erogaciones provenientes de estas contrataciones, para lo cual deberán
adoptarse las medidas pertine ...
Fecha publicación: 02/05/2011
Fecha emisión: 29/04/2011
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM